miércoles, 11 de abril de 2018

«AMORIS LAETITIA VS. VERITATIS SPLENDOR»: ¿DECÍAS QUE QUERÍAS UNA REVOLUCIÓN?

El Papa aprobaba oficialmente una práctica que contradice la práctica de la Iglesia Católica que data de los tiempos apostólicos: ordenando que los católicos que se divorcian y «re-casan» mientras su primer esposo todavía vive no pueden ser admitidos a la Sagrada Comunión.

Por E. Christian Brugger

«La alegría del amor» amenaza el fundamento moral de la Iglesia

Coincido plenamente con el cardenal Blase Cupich de Chicago cuando dice que el razonamiento del documento de hace dos años del Papa Francisco sobre el matrimonio y la familia Amoris Laetitia (La alegría del amor), es «totalmente revolucionario». Pero nuestra coincidencia acaba aquí.

Para él, esta revolución es una bendición para la Iglesia. Para mí, representa una amenaza a los fundamentos de las creencias de la Iglesia.

En particular amenaza nuestro entendimiento católico de la moralidad. El papa San Juan Pablo II abordó el entendimiento católico perenne en Veritatis Splendor (El esplendor de la verdad). Y advirtió contra las teorías morales reinantes en aquel momento que llevaban al rechazo de conclusiones que la Iglesia mantiene como definitivas.

En particular, notó cuatro errores de esas teorías:

1- Razonamiento consecuencialista: él dijo que usan «circunstancias y la situación… (como) la base de ciertas excepciones a la regla general» y así «permitir a uno hacer en práctica y en buena conciencia lo que es calificado como malo por la ley moral» (56).

2- Noción viciada de la conciencia: dijo que ponen incorrectamente en oposición «los preceptos [de la ley moral], que [son] válidos en general, y la norma de la conciencia individual, que haría de hecho la decisión final de lo que es bueno y lo que es malo» (56).

3- Los absolutos morales son meros ideales: dijo que proponen «el gravísimo error» que «la enseñanza [moral] de la Iglesia es esencialmente solo un ‘ideal’, que tienen que entonces ser adaptados, proporcionados, graduados a las así llamadas posibilidades del hombre» (103).

4- Poner la pastoral contra la doctrina: y él dijo que en el nombre de «las así llamadas soluciones ‘pastorales’», proponen lo que es «contrario a la enseñanza del magisterio» y «justifican un hermenéutica ‘creativa’ de acuerdo a la cual la conciencia moral no está de ninguna manera, en cualquier caso, por un precepto negativo particular» (56).

En los últimos dos años desde que el documento fue publicado, católicos de todo el mundo se han angustiado al ver que el modelo de razonamiento moral esbozado por la Amoris Laetitia -llamado por algunos defensores el «nuevo paradigma»- incorpora los mismos cuatro errores.

1- Razonamiento consecuencialista: el «nuevo paradigma» propone que basándose en la «inmensa variedad de circunstancias concretas» o, como los obispos argentinos dicen, «circunstancias complejas», no se puede esperar que algunos católicos conformen su comportamiento a la regla general que prohíbe las relaciones sexuales con otro que no sea su válido esposo; así los proponentes apoyan excepciones a la «regla general»; y en esos casos, la gente es libre de recibir la Sagrada Eucaristía sin cambiar su comportamiento sexual.

2- Noción viciada de la conciencia: Amoris Laetitia declara, consistentemente con la tradición moral católica, que la conciencia me ayuda a juzgar cuando una acción mía «no corresponde objetivamente a las exigencias generales del evangelio»; pero cuando va a enseñar, al contrario que en la tradición católica, que la conciencia debe también «reconocer con sinceridad y honestidad lo que por ahora es la respuesta más generosa que puedo dar a Dios», esto es, la conciencia reconoce que no soy capaz de seguir las exigencias objetivas del evangelio aquí y ahora; y a través de este proceso, dice, nosotros «llegamos a ver con una cierta seguridad moral lo que el mismo Dios está pidiendo en medio de la concreta complejidad de las limitaciones de uno mismo.»

En otras palabras, la conciencia condena mi acción juzgando correctamente que es contraria al evangelio; y entonces me absuelve de mi obligación de vivir según el evangelio juzgando que soy demasiado débil para cunplir el mandato del evangelio e incluso presuntamente escucha a Dios diciéndome que éste es el caso.

1- Los absolutos morales son meros ideales: Amoris Laetitia se refiere constantemente las exigencias objetivas y absolutas del evangelio sobre sexo y matrimonio como meramente un «ideal» o «regla», y dice que Dios sabe que no se puede esperar que todo el mundo conforme sus vidas «totalmente [hacia] el ideal objetivo.» Estigmatiza un acercamiento a vivir el evangelio centrado en la obediencia como «fría moralidad burocrática», «nada más que la defensia de una doctrina seca y sin vida,» pero llama a su propio acercamiento como un «mensaje de amor y ternura.»

2- Soluciones pastorales contra doctrina: Amoris Laetitia se refiere a sus propuestas para vivir la vida cristiana como «nuevos métodos pastorales,» refiriéndose a ellos por diferentes nombres como «un proceso de acompañamiento,» «discernimiento evangélico» y «gradación en cuidado pastoral» (ver Familiaris Consortio, 34). Enseña que lo que más se necesita es un tipo de «discernimiento pastoral» que reconozca que la «situación concreta» a veces no permite la conformidad a la «regla...sin [causar] más pecado» y dice que cuando se presenta una situación así, los individuos son , en efecto, llamados por Dios para dejar la «regla» (i.e., «las exigencias generales del evangelio») a un lado. Sin embargo Amoris Laetitia insiste confusamente que estos nuevos métodos pastorales «nunca pueden prescindir de las exigencias evangélicas de verdad y caridad, propuestas por la Iglesia»

Cuando apareció por primera vez Amoris Laetitita, habían dudas de si su plan pastoral era conforme con la Veritatis Splendor y la tradición católica. Su hermenéutica de la ambigüedad dejaba abierta una variedad de interpretaciones posibles, no todas ellas problemáticas.

Pero entonces, en septiembre de 2016, los obispos de Argentina interpretaron formalmente el capítulo 8 de la Amoris Laetitia diciendo que algunos divorciados que se han vuelto a casar civilmente eran libres de volver a la Sagrada Comunión sin un compromiso de abstenerse de realciones sexuales:

«Cuando no se puede obtener una declaración de nulidad [por divorciados vueltos a casar civilmente], la anterior opción [i.e., ‘vivir en continencia’ la pareja] puede que no sea posible de hecho. Sin embargo, también es posible un camino de discernimiento. Si se reconoce que, en un caso concreto, hay limitaciones que mitigan la responsabilidad y la culpa, particularmente cuando una persona considera que caerías en otra falta, dañando a los hijos de la nueva unión, Amoeris Laetitita abre la posibilidad de acceso a los sacramentos de la reconciliación y la Eucaristía.»


El mismo día la publicación del texto, el Papa Francisco escribió de manera privada a los obispos de Argentina, diciendo:

«He recibido el escrito de la pastoral dela región de Buenos Aires, ‘Criterios básicos para la aplicación del capítulo 8 de la Amoris Laetitia.’ Muchas gracias por enviármelo. Y os felicito por el trabajo que habéis hecho: un verdadero ejemplo de acompañamiento de los sacerdotes. ...El escrito es muy bueno y hace totalmente explícito el significado del capítulo 8 de la Amoris Laetitia. No hay otras interpretaciones, y estoy seguro que hará mucho bien.»

Cuando se cuestionó la carta privada del Papa, en vez de decir que no tenía un status de autoridad para los católicos, el Papa elevó formalmente ambas, su carta privada y las indicaciones de los obispos de Argentina al status de una carta apostólica, publicando formalmente ambas en la edición de octubre de 2016 de las actas oficiales de la Sede Apostólica con la intención de hacerlas parte de su «auténtico magisterio.»

Con este último acto, el Papa oficialmente aprobaba una práctica que contradice la práctica de la Iglesia Católica que data de los tiempos apostólicos: ordenando que los católicos que se divorcian y «re-casan» mientras su primer esposo todavía vive no pueden ser admitidos a la Sagrada Comunión porque, como viven relaciones sexualmente activas con personas diferentes a sus presuntos válidos esposos, sus condiciones de vida contraviene objetivamente el sexto precepto del decálogo y por ello contradice la unión amorosa entre Jesús y su Iglesia, que se significa por y se hace presente en la Sagrada Eucaristía.

Esta enseñanza se ha reafirmada claramente y autoritativamente múltiples veces en los últimos 40 años:

1- En 1980, por Juan Pablo II: »son incapaces de ser admitidos [a la Sagrada Comunión] por el hecho de que su estado y condición de vida contradice objetivamente la unión de amor entre Cristo y su Iglesia, que se significa y toma efecto por la Eucaristía.»

2- En 1981, por el mismo: «La Iglesia reafirma su práctica, que se basa en la sagrada escritura, de no admitir a la Comunión Eucarística a las personas divorciadas que se han vuelto a casar.»

3- En 1994, por la congregación de la doctrina de la fe (CDF): «Se encuentran en una situación que objetivamente contraviene la ley de Dios. Consecuentemente, no pueden recibir la Sagrada Comunión mientras la situación persista.»

4- En 1997, por el Catecismo de la Iglesia Católica: «Si los divorciados se vuelven a casar civilmente, se encuentran en una situación que contraviene objetivamente la ley de Dios. Consecuentemente, no pueden recibir la Comunión Eucarística mientras persista esta situación» (1650).

5- En 1998, por la CDF: «Bajo ninguna circunstancia se puede considerar esta nueva unión legítima, y por tanto la recepción de los sacramentos es intrínsecamente imposible. La conciencia del individuo está vinculada por esta norma sin excepción.»

6- Y en 2007, por el Papa Benedicto XVI: «no admitiendo a los divorciados y vueltos a casar a los sacramentos, ya que su estado y su condición de vida contradice objetivamente la unión amorosa de Cristo y la Iglesia significada y hecha presente en la Eucaristía.»

Además, cuando se han planteado preguntas sobre si los juicios privados de los divorciados vueltos a casar son suficientes para establecer la invalidez de sus propios casos y si el así llamado «foro interno» puede usarse para resolver preguntas del status de sus primeros matrimonios, ambas han sido contestadas negativamente con firmeza.

Sin embargo el «proceso de acompañamiento» esbozado en el capítulo 8 de la Amoris Laetitia parece que hace a ambas parte de su plan pastoral ordinario.

Las disparidades entre las enseñanzas de la Amoris Laetitia y la Veritatis Splendor y la tradición moral católica están causando confusión a los fieles. Esto debe ser abordado por los obispos y el Papa tan pronto como sea posible.


Publicado originalmente en el National Catholic Register

Traducido por Josep María Fontdecaba, del equipo de traductores de InfoCatólica



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